ITE Cádiz son las siglas de Inspección Técnica Edificios de Cádiz
La cual se regula para el mejor cumplimiento y efectivo control del deber de mantenimiento de los edificios en condiciones de seguridad constructiva.
Este trámite obligatorio, regulado por la Ordenanza sobre Conservación y Rehabilitación, ha de ser llevado a cabo por técnicos cualificados. Alkidia es un estudio conformado por arquitectos técnicos, que le ofrece sus servicios de i.t.e. en la capital, avalados por nuestra profesionalidad, experiencia e independencia.
En nuestro estudio seguimos una metodología de actuación determinada, la cual puede consultar en la sección de procedimiento de nuestra pagina principal de ites, en la que explicamos de forma genérica el procedimiento de inspección que seguimos (toma de datos, recepción de documentos, visita, redacción de informe, entrega), el cual se puede modificar si algún cliente lo desea por algún motivo justificado.
Les recomendamos que inicien los trámites de la inspección como mínimo con un año de antelación al vencimiento del plazo, para su mayor comodidad y tranquilidad. Los plazos son establecidos por la ordenanza y los puede consultar en la pestaña correspondiente de esta página.
Le invitamos a navegar por nuestra web, en sus diferentes secciones, para así conocernos mejor, y usted mismo puede consultar información respecto a la inspección técnica de edificaciones. También puede pedirnos presupuesto sin ningún tipo de compromiso.
Para concluir esta introducción sobre las inspecciones técnicas de edificaciones en Cádiz, recordarle y pedirle que si le quedara alguna duda, no dude en consultarnos contactándonos directamente.
Plazos ITE Cádiz.
Los edificios deberán pasar la primera inspección técnica dentro del año siguiente aquél en que cumplan 50 años desde su construcción.
Dentro del año siguiente a aquél en que hayan transcurrido 10 años desde la anterior inspección.
En la inspección técnica de edificios de Cádiz hay que inspeccionar:
Estado general de la cimentación y estructura.
Estado general de las fachadas exteriores e interiores, medianeras, y en especial cualquier otro elemento que pudiera suponer un peligro para la vía pública o zonas interiores (terrazas, balcones, placas, etc.)
Estado general de conservación de cubiertas y terrazas.
Estado general de instalaciones básicas de fontanería, electricidad y saneamiento.
La Ordenanza sobre Conservación y Rehabilitaciónde Cádiz, tiene su entrada en vigor el 04/03/1999, publicada en BOP del día anterior. Se publican dos modificaciones en dicho Boletín el 30/08/2000 y el 04/06/2003.
Si transcurridos los plazos citados anteriormente, el propietario de un edificio no realiza la Inspección, la Alcaldía del municipio le requerirá dicha realización, advirtiéndole de multas y ejecución subsidiaria. Se le darán nuevos plazos, imponiéndoles multas coercitivas (hasta 3). Asimismo, se podrá realizar la inspección de forma subsidiaria.