Ite Sevilla son las siglas de la denominada Inspección Técnica de Edificios en Sevilla.
Esta inspección se realiza para determinar el estado de conservación y mantenimiento de las edificaciones y construcciones en el termino municipal.
Este tramite de obligado cumplimiento, regulado por la ordenanza municipal, tiene que ser realizado por tecnicos cualificados, le ofrecemos los servicios de la inspección de edificios en Sevilla dentro de nuestra profesionalidad e independencia. Tenemos establecida una metodología de actuación previa puede consultarla en la sección de procedimiento, donde a nivel general se explica los pasos que se siguen en la inspección del edificio dividida en toma de datos, recepción de documentacion, visita y redación y entrega. También puede ver algunos ejemplos de edificios inspeccionados, en la sección destinada a ello de ITEs realizadas.
Le aconsejamos que realizen el tramite como mínimo con un año de antelacion a la fecha maxima de entrega por cualquier imprevisto que pudiera surgir, los plazos están determinados según la antiguedad del edificio, los cuales pueden ser consultados en la sección de plazos.
Nuestros servicios incluyen:
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Recopilación previa de documentación e información, para diagnostico preliminar.
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Visitas para verificar los elementos necesarios.
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Entrega en formato papel y digital de informe obligatorio junto a anexos aclaratorios y recomendaciones para un futuro mantenimiento, previo registro en el colegio oficial de aparejadores y arquitectos técnicos.
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Gestión y entrega frente a la Gerencia de Urbanismo de Sevilla.
Desde aquí le invitamos a navegar por nuestras diferentes secciones para ampliar información. Puede ver un pequeño muestrario de las patologías más frecuentes que solemos encontrar en los edificios según las partes a inspeccionar que establece la Ordenanza.
En caso de que algo no le quede claro o tenga algún tipo de duda, no dude en ningún momento en consultar la sección de preguntas más frecuentes, o directamente contactar con nosotros para cualquier duda o aclaración.
Sin ningún tipo de compromiso, puede solicitarnos presupuesto, y en un plazo de 48 horas lo tendrá junto con un anexo detallado del servicio a realizar de su ITE.
PLAZOS DE LA ITE EN SEVILLA
Para la primera inspección del edificio como regla general se presentará en el año siguiente a aquel en que el edificio cumpla 20 años de antigüedad, pero se ha establecido un periodo transitorio para efectuar el primer informe de la denominada ITV Edificios Sevilla antes de las fechas indicadas a continuación:
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Edificios construidos entre 1930 y 1979: hasta el 06 de julio de 2012
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Edificios construidos entre 1980 y 1994: hasta el 06 de julio de 2014
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Edificios construidos a partir de 1995: en el año siguiente a aquél en que cumplan 20 años
Si quiere salir de dudas puede consultar la fecha limite directamente en la pagina de la gerencia de urbanismo en sección destinada a ello Plazos.
Segunda y sucesivas inspecciones
El Informe de ITE se deberá renovar periódicamente dentro del año siguiente a aquél en que hayan transcurrido 10 años desde el vencimiento del plazo en que debió presentarse el anterior.
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ASPECTOS GENERALES
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INFORME y PROCESO
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TRÁMITES POSTERIORES
Ordenanza Reguladora de las ayudas a la Rehabilitación, Conservación e Inspección Técnica de Edificios
Con objeto de facilitar el cumplimiento de la Ordenanza sobre Inspección Técnica de Edificaciones, la Ordenanza Reguladora de las ayudas a la Rehabilitación, Conservación e Inspección Técnica de Edificios fue aprobada por el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla el 14 de octubre de 2004, dada la problemática social existente en diversas zonas de la ciudad, y por consiguiente la falta de medios económicos en algunos casos para poder abonar los honorarios técnicos.
A partir de dicha fecha, se han venido convocando concesiones de ayudas, publicadas adecuadamente en el Boletin Oficial de la Provincia, especificándose la cuantía de las ayudas, así como las normas específicas de baremación.
Por regla general, las ayudas a la elaboración del Informe suelen comprender el 100% de los honorarios técnicos derivados del mismo, concedidas para las propiedades cuyo 50% de beneficiarios (mínimo) acrediten un nivel de renta ponderado inferior a 3 veces el salario mínimo interprofesional.
Por otro lado, entre las obligaciones de los beneficiarios de las ayudas figura la de presentar el Informe ITE en forma en el plazo máximo de 3 meses, a partir de la concesión definitiva de la ayuda.
Asimismo, la solicitud de concesión de ayudas se debe formular según el modelo vigente aprobado por la Gerencia de Urbanismo de la capital para la ITE Sevilla.

