Ite Sevilla son las siglas de la denominada inspección técnica de edificios en la ciudad.
Esta ite se realiza para evaluar el estado de conservación y mantenimiento de las edificaciones y construcciones en el termino municipal.
Este tramite de obligado cumplimiento, regulado por la ordenanza municipal, tiene que ser realizado por técnicos cualificados, le ofrecemos los servicios de la inspección de edificios en Sevilla dentro de nuestra profesionalidad e independencia como arquitectos técnicos Tenemos establecida una metodología de actuación previa puede consultarla en la sección de procedimiento de la pagina principal de ite de la web, donde a nivel general se explica los pasos que se siguen en la inspección del edificio dividida en toma de datos, recepción de documentación visita, redacción y entrega. También puede ver algunos ejemplos de edificios inspeccionados, en la sección destinada a ello de ites realizadas.
Le aconsejamos que realicen el tramite como mínimo con un año de antelación a la fecha máxima de entrega por cualquier imprevisto que pudiera surgir, los plazos están determinados según la antigüedad del edificio, los cuales pueden ser consultados en la sección de plazos.
Nuestros servicios incluyen:
- Recopilación previa de documentación e información, para diagnostico preliminar.
- Visitas para verificar los elementos necesarios.
- Entrega en formato papel y digital de informe obligatorio junto a anexos aclaratorios y recomendaciones para un futuro mantenimiento.
- Gestión y entrega frente a la gerencia de urbanismo de Sevilla.
Desde aquí le invitamos a navegar por nuestras diferentes secciones para ampliar información. En caso de que algo no le quede claro o tenga algún tipo de duda, no dude en ningún momento en consultar la sección de preguntas más frecuentes, o directamente contactar con nosotros para cualquier aclaración.
Sin ningún tipo de compromiso, puede solicitarnos presupuesto, y en un plazo de 48 horas lo tendrá junto con un anexo detallado del servicio a realizar.
Plazos de la ite en Sevilla.
Para la primera inspección del edificio como regla general se presentará en el año siguiente a aquel en que el edificio cumpla 20 años de antigüedad, pero se ha establecido un periodo transitorio para efectuar el primer informe de la denominada itv de edificios de Sevilla antes de las fechas indicadas a continuación:
- Edificios construidos entre 1980 y 1994: hasta el 06 de julio de 2014
- Edificios construidos a partir de 1995: en el año siguiente a aquél en que cumplan 20 años
Segunda y sucesivas inspecciones
El informe técnico se deberá renovar periódicamente dentro del año siguiente a aquél en que hayan transcurrido 10 años desde el vencimiento del plazo en que debió presentarse el anterior.
Aspectos generales de la inspección técnica de edificios Sevilla.
Informe y proceso de las inspecciones del edificio en Sevilla.
Trámites posteriores a la ite Sevilla
Subvenciones para el informe ite de Sevilla.
Ordenanza reguladora de las ayudas a la rehabilitación, conservación e inspección técnica de edificios
Con objeto de facilitar el cumplimiento de la ordenanza sobre inspección técnica , la ordenanza reguladora de las ayudas a la rehabilitación, conservación e inspección técnica de Edificios fue aprobada por el ayuntamiento de Sevilla el 14 de octubre de 2004, dada la problemática social existente en diversas zonas de la ciudad, y por consiguiente la falta de medios económicos en algunos casos para poder abonar los honorarios técnicos.
A partir de dicha fecha, se han venido convocando concesiones de ayudas, publicadas adecuadamente en el boletín oficial de la provincia, especificándose la cuantía de las ayudas, así como las normas específicas de baremos.
Por regla general, las ayudas a la elaboración del Informe suelen comprender el 100% de los honorarios técnicos derivados del mismo, concedidas para las propiedades cuyo 50% de beneficiarios (mínimo) acrediten un nivel de renta ponderado inferior a 3 veces el salario mínimo.
Por otro lado, entre las obligaciones de los beneficiarios de las ayudas figura la de presentarla en forma en el plazo máximo de 3 meses, a partir de la concesión definitiva de la ayuda.
Asimismo, la solicitud de concesión de ayudas se debe formular según el modelo vigente aprobado por la Gerencia de Urbanismo de la capital andaluza para la ite Sevilla.

