ITE Málaga

ITE Málaga son las siglas de la Inspección Técnica de Edificaciones en Málaga

Informe ITE Málaga que se realiza para la inspección de edificios

Esta inspección se realiza para determinar el estado de conservación, condiciones de estabilidad, seguridad, estanqueidad, consolidación y habitabilidad de las construcciones en la ciudad de Málaga.

Desde aquí les hacemos una recomendación: es que realicen la inspección con un año mínimo de antelación a la finalización del plazo, para así autoevitarse prisas de última hora. Los plazos los pueden consultar en la sección habilitada para ello, en esta misma página. Precisamente, como puede comprobar en dicha sección, en este año 2.013 deberán presentar el informe de ITE unos 20.000 edificios malagueños, que se corresponden con aquellos construidos entre los años 1957 y 1981, ambos inclusive.

Alkidia es un estudio con amplia experiencia en inspecciones técnicas en la Costa del Sol, y nuestros servicios incluyen todo lo concerniente a la inspección, desde la toma de datos inicial a la entrega del informe, pasando por la visita al inmueble, tramitación en el ayuntamiento, y demás cuestiones apreciables en la sección de procedimiento, en nuestra página principal de ITE.

Desde aquí le invitamos a navegar por nuestras diferentes secciones para encontrar información completa y actualizada sobre las inspecciones técnicas de edificaciones en Málaga.

En el supuesto de que algo no le quede lo suficientemente claro o tenga alguna duda, le recomendamos que visite la sección de preguntas más frecuentes, o bien directamente nos contacte a nosotros sin ningún compromiso, así como estamos abiertos a ofrecerles presupuesto.

Esperando trabajar con ustedes, reciban un cordial saludo.

 

Plazos para la ITE Málaga

Como regla general, el primer informe de ITE en Málaga se presentará en el año siguiente a aquel en que el edificio cumpla 20 años de antigüedad, pero se ha establecido un periodo transitorio para las edificaciones que a fecha 11 de noviembre de 2006 tuvieran 10 o más años de antigüedad, que tendrán que efectuar la primera inspección antes de las fechas indicadas a continuación:

  • Edificios protegidos: hasta el 31 de diciembre de 2008

  • Edif. construidos hasta 1906: hasta el 31 de diciembre de 2008

  • Edif. construidos entre el año 1907 y el 1931: hasta el 31 de diciembre de 2009

  • Edif. construidos entre el año 1932 y el 1956: hasta el 31 de diciembre de 2011

  • Edif. construidos entre el año 1957 y el 1981: hasta el 31 de diciembre de 2013

  • Edif. construidos entre el año 1982 y el 1996: hasta el 31 de diciembre de 2016

  • Edif. construidos a partir de 1.997: hasta el 31 de diciembre del año siguiente a aquél en que cumpla 20 años

Segunda inspección y sucesivas

Si el edificio tiene menos de 50 años de antigüedad, la siguiente inspección se presentará a los 15 años. Si la edad es mayor de 50 años, se presentará a los 10 años.

 

Preguntas más frecuentes sobre la ITE en Málaga

La inspección

  • ¿Quién está obligado a hacer la inspección?

    Tienen la obligación de pasarla los propietarios (personas físicas o jurídicas) o Comunidades de Propietarios. Pueden realizarlas también, en caso de incumplimiento de los anteriores, cualquier otro titular legítimo de un derecho real sobre la edificación (usufructuario, entidades hipotecarias, etc.).

  • ¿Cuándo se aprueba la Ordenanza de Inspección Técnica de Edificios?

    La Ordenanza de Conservación e Inspección Técnica de las Edificaciones de Málaga, se aprobó por el Excmo. Ayuntamiento de Málaga (B.O.P. de 27 de octubre de 2.006) y es donde se establece la obligación a los propietarios de construcciones y edificaciones a realizar una inspección dirigida a determinar el estado de conservación de las mismas y evitar las consecuencias que el incumplimiento del deber de conservación puede originar.

  • ¿Qué ocurre si no se presenta el informe a tiempo?

    El no cumplir con la obligación de realizar la ITE en plazo supone la apertura de un expediente sancionador con imposición de multa entre 600 y 6.000 euros, dependiendo del valor de las obligaciones incumplidas.

    Se pueden imponer también un total de 10 multas de tipo coercitivo para la ejecución subsidiaria de la ITE de Málaga.

    La Gerencia Municipal de Urbanismo de Málaga se reserva además la posibilidad de realizar el informe por ejecución subsidiaria y a costa de los obligados. Estando establecido el precio  de la misma por convenios con los colegios profesionales. En cada periodo se ha abierto un periodo para la subvención de la Inspección Técnica Edificios Málaga.

  • ¿A quién debo recurrir para la realización del informe?

    Los profesionales que realizan las inspecciones técnicas de edificios son, en función del uso que tengan éstos, los siguientes:

    • En edificios de uso residencial, cultural, administrativo, religioso, docente o sanitario: arquitectos técnicos y arquitectos.

    • En edificios de uso industrial; aeronáutico; del transporte terrestre, marítimo, fluvial y aéreo; agropecuario; de la energía; de la hidráulica; minero; naval; de telecomunicaciones (referido a la ingeniería de las telecomunicaciones); forestal; de la ingeniería de saneamiento e higiene, accesorio a las obras de ingeniería y su explotación, y demás edificios que no estén entre los del grupo anterior: arquitectos técnicos, arquitectos, ingenieros técnicos e ingenieros.

  • ¿Cuánto tiempo suele durar todo el proceso?

    Con Alkidia, entre la primera toma de datos del edificio y la terminación del informe correspondiente, el proceso suele durar hasta un máximo de dos semanas, aunque dependiendo de la situación y los problemas que pueda tener cada edificio, este tiempo se puede ver reducido o levemente aumentado.

  • ¿Además de los honorarios del técnico, hay que pagar alguna tasa o impuesto en el Ayuntamiento?

    Efectivamente, a la hora de presentar el informe ITE debe haberse liquidado una tasa, cuya cantidad depende del resultado de la inspección:

    • En caso de tratarse de una ITE favorable, la tasa a pagar será de 22,35 euros.

    • Si la inspección es desfavorable, en el informe se incluye una estimación del coste que pueden suponer las obras de  reparación. Así, la tasa a pagar será un 2,5% del coste estimado de todas las obras a realizar. Por ello, a la hora de solicitar la licencia de obras correspondiente, si la solicitud únicamente refleja obras derivadas de la ITE, no habrá que volver a pagar ninguna tasa al respecto, debiendo abonarse sólo el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras, el cual se corresponde con el 4% del presupuesto de ejecución material que figure en la solicitud propiamente dicha.

  • ¿Qué coste suele tener la ITE en Málaga?

    El coste de la ITE depende de múltiples factores, como son la superficie del edificio, el número de vecinos, el estado de conservación en que se encuentra la edificación, etc.

    Si lo desea, en menos de 48 horas le podemos ofrecer presupuesto rellenando el formulario que ve a la izquierda de esta página.

Mi edificio

  • ¿Es obligatoria la ITE Málaga para edificios rehabilitados recientemente?

    En caso de que en el inmueble se hayan ejecutado obras de rehabilitación integral, es decir que se haya rehabilitado completamente el edificio incluyendo cimentación y estructura, habiéndose realizado un proyecto de ejecución para tal fin, obteniéndose licencia de obras y de 1ª ocupación una vez concluidas las obras. Para poder recalcular el plazo se deberán aportar (presentación por registro de la GMU) fotocopias de dichas licencias, del plano de situación y del certificado final de las obras de rehabilitación, en función de la fecha de terminación que figure en éste, se comunicará a la propiedad la fecha límite para presentar la Inspección técnica de edificios en Málaga.

  • ¿Cómo puedo conocer con certeza la edad que tiene mi edificio?

    Para saber en qué fecha fue construido nuestro edificio, debemos consultar el certificado final de obras o la licencia de ocupación. En caso de no disponer de ninguno de ellos, debemos consultar la licencia de obras correspondiente a la construcción del edificio. En su defecto, la propia ordenanza deja abierta la puerta a que la antigüedad del edificio sea acreditada por una estimación técnica, la cual se realice partiendo de las características constructivas del edificio, así como de su tipología.

Y, ¿después de la inspección?

  • ¿Quién y dónde se presenta el informe?

    El informe es presentado en el Registro de Entrada de la Gerencia de Urbanismo. Nos encargamos de presentarlo nosotros mismos, sin que ustedes tengan que preocuparse por ningún trámite.

  • ¿Qué ocurre si el resultado de la ITE es favorable?

    Si el resultado de la inspección es favorable, es un indicador de que el edificio presenta las condiciones adecuadas de consolidación estructural, habitabilidad, seguridad y estanquidad, por lo que no es necesario realizar ningún tipo de obras, aunque sí se puedan dar una serie de recomendaciones de mantenimiento.

  • ¿Y si, por el contrario, es desfavorable?

    Si el resultado es desfavorable, quiere decir que el edificio no cumple alguna de las condiciones mencionadas en la respuesta anterior, por lo que se deberá realizar alguna obra de reparación que otorgue al edificio el estado adecuado. En tal caso, se especificarían en el informe los daños que se hubieran detectado durante la visita de inspección, acompañado de las reparaciones que fueran necesarias en cada caso. Para estas obras se da unos plazos, así como un orden de prioridades.

    La Gerencia de Urbanismo establece, de por sí, un plazo máximo de tres meses para presentar la solicitud de licencia de obras debidamente cumplimentada.

    Una vez finalizadas las obras de reparación, la propiedad podrá optar por dos procedimientos: o bien presentar un certificado final de obra visado en el que se asegure la estabilidad de la edificación, o bien realizar una segunda inspección técnica ITE.

  • Si un edificio con la ITE favorable sufre algún daño luego, como por ejemplo la caída de una cornisa o la aparición de humedades, ¿quién es el responsable?

    Como se explicó en una de las preguntas anteriores, el hecho de que un edificio supere con éxito el trámite de la inspección, quiere decir que, en la fecha del informe, el edificio cumple con las condiciones mencionadas (seguridad, habitabilidad, consolidación y estanqueidad).

    En el caso de que pasado un tiempo desde que se realizara la inspección, los usuarios y propietarios del edificio detectaran alguna anomalía en el mismo, se debería estudiar esta anomalía por un técnico cualificado, a fin de localizar sus orígenes y causas.

    En caso de que se dictamine y demuestre que esa patología debió haber sido advertida durante la inspección técnica, la responsabilidad podría recaer sobre el técnico que redactó el informe de inspección. No obstante, es el caso menos usual, ya que una inspección técnica siempre ha de ser realizada con una dedicación especial, sin pasar por alto ningún detalle que pueda afectar al resultado del informe.

    En el caso de que se dictaminara y demostrara que los orígenes de la patología detectada fueran posteriores al momento de la inspección, no pudiendo por ello el técnico inspector detectarlos, la responsabilidad recaería sobre la propiedad del edificio, ya que la realización de la ITE no exime a los propietarios del edificio de seguir manteniendo y conservando su edificio. Por ejemplo, el hecho de que un bajante no pierda agua en el año 2.013 no quiere decir que no la pueda perder en el año 2.016 por una falta de mantenimiento y deterioro del material.

    Lo que se pretende dar a conocer con esta respuesta es que la propiedad del edificio siempre debe estar concienciada en que éste debe ser conservado en buenas condiciones, independientemente del resultado de la ITE.

Subvenciones ite de Málaga

Las subvenciones a edificios obligados a realizar la ite Málaga son reguladas por la Ordenanza para el establecimiento de las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para el fomento del cumplimiento de la obligación de presentación del informe de Inspección Técnica (ITE).

Por ahora, el último plazo de solicitud de las mismas finalizó el pasado 15 de julio de 2011, las cuales fueron convocadas para aquellos edificios que tuvieran la obligación de encargar la inspección antes de final de dicho año.

El siguiente plazo de realización de inspecciones cumple el 31 de diciembre de 2013. De momento, no hemos recibido noticias sobre futuras convocatorias de subvenciones.

En la actualidad, sólo nos constan declaraciones en prensa en las que desde la Delegación de la Ordenación del Territorio y Vivienda se afirma que para el año en que nos encontramos se prevé un presupuesto de 30.000 euros para subvenciones.

En esta página, tan pronto como se publiquen en el Boletín Oficial de la Provincia nuevas convocatorias de ayudas, se lo transmitiremos.

 
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