ITE Málaga

ITE Málaga son las siglas de la Inspección Técnica de Edificaciones (o de Edificios) en Málaga, la cual se realiza para determinar el estado de conservación, condiciones de estabilidad, seguridad, estanqueidad, consolidación y habitabilidad de las construcciones en la ciudad de Málaga.

Este trámite necesario, regulado por la Ordenanza de conservación e inspección técnica de las edificaciones de Málaga, debe ser encargado a técnicos cualificados. Desde nuestro estudio le ofrecemos los servicios de la inspección técnica de edificios en Málaga, dentro de nuestra experiencia profesionalidad e independencia. Seguimos una metodología de actuación, la cual puede consultar en la sección de procedimiento, donde, de forma general, se especifican los pasos a seguir en la inspección. También puede ver algunos edificios ya inspeccionados en Málaga, en la sección destinada a ello de ITEs realizadas en Málaga.

Desde aquí les hacemos una recomendación: es que realicen la inspección con un año mínimo de antelación a la finalización del plazo, para así autoevitarse prisas de última hora. Los plazos los pueden consultar en la sección habilitada para ello, en esta misma página.

Nuestros servicios incluyen todo lo concerniente a la inspección, desde la toma de datos iniciales a la entrega del informe, pasando por la visita al inmueble, tramitación en el ayuntamiento, y demás cuestiones apreciables en la sección de procedimiento, en esta página.

Desde aquí le invitamos a navegar por nuestras diferentes secciones para encontrar información completa y actualizada sobre las inspecciones técnicas de edificaciones en Málaga.

En el supuesto de que algo no le quede lo suficientemente claro o tenga alguna duda, le recomendamos que visite la sección de preguntas más frecuentes, o bien directamente nos contacte a nosotros sin ningún compromiso, así como estamos abiertos a ofrecerles presupuesto.

Esperando trabajar con ustedes, reciban un cordial saludo.

Como regla general el primer informe ITE Málaga se presentará en el año siguiente a aquel en que el edificio cumpla 20 años de antigüedad, pero se ha establecido un periodo transitorio para las edificaciones que a fecha 11 de noviembre de 2006 tuvieran 10 o más años de antigüedad, que tendrán que efectuar la primera inspección antes de las fechas indicadas a continuación:

  • Edificios protegidos: hasta el 31 de diciembre de 2008

  • Edif. construidos hasta 1906: hasta el 31 de diciembre de 2008

  • Edif. construidos entre el año 1907 y el 1931: hasta el 31 de diciembre de 2009

  • Edif. construidos entre el año 1932 y el 1956: hasta el 31 de diciembre de 2011

  • Edif. construidos entre el año 1957 y el 1981: hasta el 31 de diciembre de 2013

  • Edif. construidos entre el año 1982 y el 1996: hasta el 31 de diciembre de 2016

  • Edif. construidos a partir de 1.997: hasta el 31 de diciembre del año siguiente a aquél en que cumpla 20 años

Segunda inspección y sucesivas

Si el edificio tiene menos de 50 años de antigüedad la siguiente inspección se presentará a los 15 años. Si la edad es mayor de 50 años, se presentará a los 10 años.

 
  • ¿Quien esta obligado a hacer la ITE Málaga?

    Tienen la obligación de pasarla los propietarios (personas físicas o jurídicas) o Comunidades de Propietarios. Pueden realizarlas también, en caso de incumplimiento de los anteriores, cualquier otro titular legítimo de un derecho real sobre la edificación (usufructuario, entidades hipotecarias, etc…).

  • ¿Cuando se aprueba la Ordenanza de Inspección Técnica de Edificios en Málaga?

    La Ordenanza de Conservación e Inspección Técnica de las Edificaciones de Málaga, se aprobó por el Excmo. Ayuntamiento de Málaga (B.O.P. de 27 de octubre de 2.006) y es donde se establece la obligación a los propietarios de construcciones y edificaciones a realizar una inspección dirigida a determinar el estado de conservación de las mismas y evitar las consecuencias que el incumplimiento del deber de conservación puede originar.

  • ¿Es obligatoria la ITE en Málaga para edificios rehabilitados recientemente?

    En caso de que en el inmueble se hayan ejecutado obras de rehabilitación integral, es decir que se haya rehabilitado completamente el edificio incluyendo cimentación y estructura, habiéndose realizado un proyecto de ejecución para tal fin, obteniéndose licencia de obras y de 1ª ocupación una vez concluidas las obras. Para poder recalcular el plazo se deberán aportar (presentación por registro de la GMU) fotocopias de dichas licencias, del plano de situación y del certificado final de las obras de rehabilitación, en función de la fecha de terminación que figure en éste, se comunicará a la propiedad la fecha límite para presentar la Inspección técnica de edificios en Málaga.

  • ¿Qué ocurre si no se presenta la ITE Málaga?

    El no cumplir con la obligación de realizar la ITE en plazo supone la apertura de un expediente sancionador con imposición de multa entre 600 y 6.000 euros, dependiendo del valor de las obligaciones incumplidas.

    Se pueden imponer también un total de 10 multas de tipo coercitivo para la ejecución subsidiaria de la ITE de Málaga.

    La Gerencia Municipal de Urbanismo de Málaga se reserva además la posibilidad de realizar el informe por ejecución subsidiaria y a costa de los obligados. Estando establecido el precio  de la misma por convenios con los colegios profesionales. En cada periodo se ha abierto un periodo para la subvención de la Inspección Técnica Edificios Málaga.

 
  • Toma de datos

    Antes de realizar la visita, tomaremos los datos necesarios del edificio con los que podamos adquirir una idea previa del estado del mismo, como pueden ser:

    • Sistemas constructivos

    • Fecha de construcción

    • Volúmenes

    • Superficies

    • Orientación, entorno…

  • Recepción de documentación del edificio

    Solicitaremos a la propiedad del edificio todo tipo de documentos referentes al edificio, con el fin de conocer sus antecedentes de reformas, mantenimiento o incidencias. Ejemplos de estos documentos pueden ser:

    • Libro del edificio

    • Contratos de mantenimiento

    • Proyectos de reforma

    • Licencias de obras

    • Actas de bomberos por posibles intervenciones

    • Reclamaciones de vecinos por patologías en viviendas

    • Otros…

  • Visita

    Tras obtener los datos mencionados, procedemos a la visita, la cual será realizada por técnico cualificado para valorar el estado del edificio e iniciar la Inspección.

    En dicha visita podrá acompañar al técnico todo vecino que lo desee, siendo imprescindible la presencia del presidente o persona autorizada. La visita se llevará a cabo por todas las zonas comunes e inmuebles que el técnico considere oportuno. Será necesaria la visita a los inmuebles de planta alta, planta baja y cualquiera que tenga un patio o elemento singular. También se inspeccionará cualquier inmueble que sea requerido por algún vecino.

    En el caso de comunidades de propietarios, y a fin de evitar contratiempos durante la visita, se solicitará la publicación de ésta en el tablón de la comunidad con una antelación mínima de 7 días, con el fin de que todas las viviendas, locales, trasteros y demás dependencias estén disponibles para acceder a ellos si es necesario (si un vecino no puede estar presente durante la visita, se ruega que deje a persona autorizada para poder acceder al inmueble).

    La visita al edificio suele iniciarse en sentido vertical descendiente, es decir, solemos comenzar inspeccionando la cubierta: solería, impermeabilización, pretiles, cornisas superiores, etc (en el caso de cubiertas inaccesibles, “con trampilla” para acceder a ellas, se requiere que la comunidad facilite los medios, tales como escaleras, o en caso contrario lo comuniquen previamente).

    Una vez inspeccionada la cubierta, se accederán a las dependencias de la planta última, con objeto de inspeccionar principalmente si los techos de éstas sufren filtraciones de agua o no.

    La inspección continuará por las zonas comunes del inmueble, comprobando fijaciones de barandillas de escaleras, estado de los paramentos, etc.

    Como se especificó en el apartado anterior, se visitarán las viviendas de la planta baja, o aquellas que dispongan de patios y demás elementos singulares, así como todas aquellas viviendas o locales comerciales que los propietarios requieran.

    Se comprobará el estado de los locales de instalaciones, como son cuartos de contadores, tomas de tierra, cuadros, depósitos, arquetas, etc.

    Para concluir la visita, inspeccionamos las fachadas exteriores y medianeras con otros inmuebles.

    Con todos los datos obtenidos, se estudiará la necesidad de una segunda visita para verificaciones adicionales antes de finalizar la Inspección Técnica de Edificios, y así sucesivamente.

  • Redacción y tramitación del informe ante el Ayuntamiento

    Con los datos obtenidos llevamos a cabo la redacción del informe de inspección técnica del edificio, cuyo resultado podrá ser “ITE favorable” en cuanto al cumplimiento de las condiciones de seguridad, salubridad y ornato publico según las exigencias de la ordenanza, o “ITE desfavorable”, en cuyo caso llevará aparejadas las actuaciones necesarias para resolver las deficiencias detectadas (en nuestra sección de Preguntas frecuentes se explica lo referente a las obras que habría que hacer, si fuera necesario).

    Este informe ITE, tras su visado en el Colegio Oficial correspondiente, se presenta en el servicio de tasas del Ayuntamiento. Tras dicha presentación, nos proporcionan la carta de liquidez de las tasas correspondientes al informe, las cuales deberán ser abonadas en el plazo de una semana a contar del día de la presentación de la documentación.

    Finalmente, entregamos el informe, la instancia de presentación y la carta de liquidez, a los propietarios del edificio.

 

Mas abajo puede tener un muestrario de las inspecciones realizadas:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Las subvenciones a edificios obligados a realizar la inspección técnica de edificios en Málaga son reguladas por la Ordenanza para el establecimiento de las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para el fomento del cumplimiento de la obligación de presentación del informe de Inspección Técnica (ITE).

Por ahora, el último plazo de solicitud de las mismas finalizó el pasado 15 de julio de 2011, las cuales fueron convocadas para aquellos edificios que tuvieran la obligación de encargar la inspección antes de final de dicho año.

El siguiente plazo de realización de inspecciones cumple el 31 de diciembre de 2013. De momento, no hemos recibido noticias sobre futuras convocatorias de subvenciones.

En esta página, tan pronto como se publiquen en el Boletin Oficial de la Provincia nuevas convocatorias de ayudas, se lo transmitiremos.

Inspector técnico de edificios realizando la ite de Málaga

Informe ITE Málaga

Inspección de edificios antiguos en Málaga


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